CONDICIONES GENERALES
1. DURACIÓN
El ASESOR realizará los Servicios objeto del Contrato durante el periodo de 12 meses desde la suscripción del Contrato.
Una vez finalizado dicho plazo sin que ninguna de las partes haya manifestado, de forma
fehaciente, lo contrario, el contrato se entenderá renovado tácitamente por periodos anuales.
2. PRECIO
El Precio establecido está fijado a efectos de la prestación del Servicio en la oferta. En el
supuesto de modificar o ampliar los Servicios, el CLIENTE y el Asesor se comprometen a
negociar el nuevo precio por el Servicio.
Cualquier otro servicio no comprendido en estas condiciones se facturará al precio en vigor del servicio, establecido en las tarifas generales de PCN ARI SL.
Todas las tarifas, se verán incrementadas por los impuestos legalmente establecidos en el
momento de la realización del servicio y se podrán actualizar según el incremento de precios al consumo (IPC), publicado por el Ministerio de Economía, a primeros de cada año natural y válido para todo el año en curso.
El pago del precio estipulado anteriomente, se realizará por el método de plazo establecido en la oferta.
La falta de pago de cualquiera de los pagos (mensuales/trimestrales/anuales) dará
derecho al ASESOR a resolver el contrato y, si lo estimara oportuno, a proceder a su
reclamación judicial, aplicándose desde la fecha del incumplimiento el interés de demora
establecido en la Ley.
3. MODIFICACIONES O AMPLIACIONES
Si durante la vigencia del Contrato el CLIENTE o ASESOR consideran oportuno modificar
o ampliar el Servicio objeto del Contrato, ambas partes deberán negociar el alcance de dichas modificaciones o ampliaciones en la prestación.
Los acuerdos adoptados en la negociación deberán constar por escrito. En el caso que ambas partes no se pusieran de acuerdo sobre dichas modificaciones o ampliaciones, cualquiera de las Partes podrá resolver el Contrato.
En su caso, el CLIENTE o ASESOR que considere oportuno modificar o alterar el Servicio
objeto del Contrato deberá enviar propuesta por escrito a la otra Parte a fin de negociar el
nuevo precio del Servicio.
4. RESCISION DEL CONTRATO
Las Partes acuerdan que podrá resolverse el Contrato por las siguientes causas:
I. Por voluntad de cualquiera de las Partes mediando preaviso por escrito con una
antelación mínima de 30 días.
II. Por voluntad de cualquiera de las Partes cuando medie incumplimiento grave de
las obligaciones pactadas, especialmente por el incumplimiento de pago en el
plazo previsto para ello.
III. La extinción de la personalidad jurídica de cualquiera de las Partes o que
cualquiera de los contratantes caiga en situación de declaración de concurso.
En cualquier caso, y como requisito previo a la resolución del Contrato por cualquiera
de las Partes, se deberá notificar a la Parte incumplidora el incumplimiento y conceder
un plazo de 60 días desde la notificación para que subsane dicho incumplimiento.
Transcurrido dicho plazo se podrá resolver el Contrato. En su caso, el incumplimiento
de cualquiera de las obligaciones supondrá el nacimiento de un derecho de
indemnización por los daños y perjuicios producidos.
entendiendo que el servicio de mantenimiento es por un año entero y el mismo no es
divisible por ningún concepto.
5. RESPONSABILIDAD
El CLIENTE autoriza al personal del ASESOR a actuar en su representación para encargarse
de todas aquellas gestiones que deban realizarse ante las autoridades de control y otros
organismos oficiales que puedan existir competentes en materia de asesoría. El ASESOR
elaborará toda la documentación con la información facilitada por el CLIENTE, por lo que
no se responsabiliza de la fidelidad, actualización y validez de esta.
Incurrirá en responsabilidad cualquiera de las Partes que actúe de forma negligente o
culposa en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Contrato y ocasionare con ello un daño o perjuicio a la otra Parte.
6. CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS
El ASESOR se obliga a tratar confidencialmente todos aquellos datos, documentación y
demás información que hayan sido suministrados por el CLIENTE durante la vigencia del
contrato. Asimismo, se compromete a no comunicar esta información a ninguna otra
persona o entidad, exceptuando sus propios empleados y sólo en la medida necesaria para la correcta ejecución del contrato.
El acuerdo de confidencialidad establecido en el pacto tendrá validez durante la vigencia
del contrato y seguirá en vigor, incluso después de finalizar la relación objeto del contrato.
Lo contenido en este contrato no obligará a confidencialidad en lo referente a:
– Cualquier información o conocimiento revelado legítimamente por terceros que hayan autorizado su difusión.
– Cuando la información sea requerida por imperativo legal.
7. PROTECCIÓN DE DATOS
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016
(GDPR), le informamos que los datos de personales facilitados por el CLIENTE serán
tratados bajo la responsabilidad del ASESOR para gestionar el cumplimiento de este
contrato y se conservarán con la más estricta seguridad y confidencialidad mientras haya
entre ambos una relación comercial. Los datos no serán comunicados a terceros, salvo
obligación legal. Le informamos que puede ejercer los derechos de acceso, rectificación,
portabilidad y supresión de sus datos y los de limitación y oposición a su tratamiento.
Además, si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, podrá presentar una reclamación ante la autoridad de control en www.aepd.es.
8. CESIÓN
Las Partes no podrán ceder su posición en el Contrato, ni tampoco los derechos u
obligaciones que del mismo se derivan a su favor o a su cargo, sin el consentimiento por
escrito de la otra Parte.
9. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
El Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las Leyes de España y se someterá a la
jurisdicción de los Tribunales de Guadalajara.
10. NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan de
efectuarse por las Partes en relación con el Contrato, deberán realizarse por escrito y se
entenderá que han sido debidamente realizadas cuando hayan sido entregadas en mano o bien remitidas por correo certificado al domicilio de la otra Parte que conste en las
condiciones, o bien a cualquier otro domicilio que a estos efectos cada Parte pueda indicar
a la otra.
11. ENTRADA EN VIGOR Y VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato entrará en vigor el día de su firma por las partes en los términos y condiciones
estipulados en estas condiciones